jueves, 18 de septiembre de 2008

EN DEFENSA DE UNA CONSULTA POPULAR EN EL PAÍS VASCO SOBRE LA PAZ Y LA NORMALIZACIÓN POLÍTICA


EN DEFENSA DE UNA CONSULTA POPULAR EN EL PAÍS VASCO SOBRE LA PAZ Y LA NORMALIZACIÓN POLÍTICA


I.- ANTECEDENTES:

1º El Parlamento Vasco aprobó el 27 de junio de 2008 la Ley 9/2008, de convocatoria y regulación de una consulta popular al objeto de recabar la opinión ciudadana en la Comunidad Autónoma del País Vasco sobre la apertura de un proceso de negociación para alcanzar la paz y la normalización política, con inicio de la convocatoria para el 15 de septiembre de 2008 y celebración de la consulta popular el 25 de octubre de 2008.

2º El Tribunal Constitucional, actuando a iniciativa del Presidente del Gobierno español, suspendió, primero, la celebración de la consulta, luego denegó la defensa judicial a los partidos políticos Euzko Alderdi Jeltzalea-Partido Nacionalista Vasco, Eusko Alkartasuna, Ezker Batua-Berdeak y Aralar y, por último, ha dictado Sentencia con fecha 11 de Septiembre de 2008 declarando la inconstitucionalidad y consiguiente nulidad de la Ley 9/2008.

3º.- Se ha rechazado, en suma, la celebración de una consulta popular cuya convocatoria fue aprobada por la representación mayoritaria de la ciudadanía vasca reunida en su Parlamento.


II.- VALORACION:

1ª Entiendo que la Ley anulada reconoce el derecho que me asiste como ciudadano/a de una sociedad democrática a ser consultado/a y a contribuir personalmente, por tanto, a la paz y a la normalización. Su anulación lesiona el derecho de participación en los asuntos públicos y la propia libertad de expresión. En este sentido, la prohibición de la consulta ha determinado que no pueda dar mi voto sobre dos materias transcendentales para mi persona y para la sociedad a la que pertenezco, como son la búsqueda de la paz y de acuerdos políticos sobre nuestra convivencia como sociedad.

2ª Se ha denegado a los partidos políticos vascos EAJ-PNV, EA, EB-Berdeak y Aralar, representantes democráticos de la ciudadanía, la posibilidad de defender, dentro del procedimiento constitucional, sus posiciones en apoyo de la Ley, lesionándose así el derecho a la tutela judicial y a la libertad de asociación.

3ª Entiendo que la responsabilidad fundamental en la prohibición de la consulta recae en el Presidente del Gobierno español quien, reiteradamente, se ha negado a dialogar con los representantes de los partidos citados para alcanzar un Pacto Político sobre la paz y la normalización, poniendo en manos de los Tribunales lo que debe ser resuelto mediante el diálogo y el acuerdo político.


III.- INICIATIVAS:

Por cuanto antecede, EL/LA FIRMANTE desea:

Primero.- Solicitar de los Partidos Políticos que incorporen y/o mantengan en sus programas y proyectos la aspiración a la capacidad plena de decisión de la ciudadanía vasca.

Segundo.- Adherirme a cuantas iniciativas y demandas desplieguen los Partidos Políticos en defensa de la consulta popular ante los foros europeos e internacionales.


Para poder firmar

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HAUTESKUNDEAK 1.977 ......

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Ibarretxe 2008ko ekainak 27, Jaurlaritzan

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